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Artículo 424: Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de trescientos a tres mil días de multa: IV. Al administrador de un sitio en internet que ponga a disposición del público en general, enlaces o archivos electrónicos que permitan la reproducción, distribución o la comunicación pública de obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor, sin contar con la debida autorización del titular de los derechos.
canitoy, 12 years ago
¿Es el fin de Efecto Tequila?
Impulse, 12 years ago
¿solo si eres el administrador?
Crater, 12 years ago
"por poner un enlaces"
jaec, 12 years ago
Está bonito el diseño de la página de la nota.
esparta, 12 years ago
Viejo truco: - Metemos iniciativa, - "escuchamos" a la ciudadanía que expresó no quererla, - la desechamos, - profit.